A fines de marzo el parlamento europeo aprobó una nueva directiva de copyright que incluye medidas de censura sin precedentes en Internet: entre sus disposiciones, obligará a las plataformas de Internet a imponer filtros automáticos de contenidos con el propósito de evitar que los usuarios compartan obras cuya propiedad está en manos de las grandes empresas de contenidos. Además, crea un nuevo derecho de propiedad intelectual, conocido como impuesto al link, que impondrá un pago a quienes enlacen a medios de prensa. Esta nueva directiva, ratificada a comienzos de abril por la Comisión Europea, fue resistida por las principales organizaciones que defienden la libertad de expresión, así como por un petitorio firmado por más de 5 millones de personas y por decenas de miles de manifestantes en las calles de varios países europeos.
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El fin de Grooveshark y el fortalecimiento de los monopolios de la música
Ante el sorpresivo -aunque no del todo inesperado- cierre de Grooveshark, una de las más populares plataformas de música online por streaming, es interesante preguntarse por las reales causas y posibles consecuencias de los ataques de la industria de la música a determinados servicios de streaming.
Grooveshark cierra sus puertas después de una década, tras un litigio con las principales discográficas mundiales. Se podrá decir que esta empresa se aventuró de forma imprudente en un negocio que pretende hacer llegar música gratuita a los oyentes, sin pagar a los dueños de los derechos lo que estos exigen. También es posible preguntarse por qué otros servicios análogos -como Spotify- no enfrentan el peligro de un juicio y cierre similar. La realidad es que los servicios de streaming hacen equilibrio sobre una delgada línea en la cual, sin unas espaldas anchas, las startups innovadoras no pueden ir muy lejos. Solamente hay chance para quienes puedan cumplir las exigencias de los monopolios de la música: los verdaderos organizadores del reparto de las ganancias. Seguir leyendo →
Del copyright al copyleft: la cultura de la colaboración
¿Cómo explicar el copyleft en 6 minutos 40 segundos, con 20 láminas? Ese fue el desafío con el que fuimos al Pecha Kucha Montevideo 2014, realizado el 17 de noviembre en el Auditorio Nacional del SODRE. Allí, Mariana habló de la necesidad de un cambio de paradigma en la creación, circulación y acceso a las obras culturales. A continuación, les compartimos las notas de la presentación. Seguir leyendo →
Lessig esencial
Lawrence Lessig es un autor imprescindible para empezar a entender desde otra óptica el tema de los derechos de autor. Si hablamos de aceptar los cambios tecnológicos y su impacto en las formas de creatividad humana. Si queremos entender por qué el copyright es nocivo y las leyes de derecho de autor deben reformarse. Si buscamos una lectura clara y entretenida que remueve prejuicios. Entonces es recomendable empezar por leer a Lessig, quien próximamente brindará la conferencia «Leyes que limitan la creatividad», en el marco de la Cumbre Global de Creative Commons en Buenos Aires. Aprovechando la oportunidad de tenerlo más cerca, apenas cruzando el charco, decidimos revisitar rápidamente su obra. Seguir leyendo →
Algunas reflexiones sobre la protección del copyright en los países del sur
Cuando a un país se le pide que como política cultural refuerce la protección del copyright, lo que indirectamente se le está pidiendo es que proteja los intereses comerciales de Estados Unidos, no la cultura nacional. A esta conclusión, entre otras, nos permite llegar la brillante y exhaustiva investigación «Piratería de medios en las economías emergentes», cuya edición estuvo a cargo de Joe Karaganis. Con el aumento de la protección del derecho de autor, lo que se obtiene a nivel global es una formidable transferencia de ingresos en dirección Sur – Norte, que deriva del saldo comercial de los bienes protegidos: los países del Tercer Mundo son importadores netos de bienes con copyright. En cambio, cuando se flexibilizan estas normas (por ejemplo, mediante la adición de excepciones para bibliotecas y escuelas, o para personas con discapacidad) o cuando la práctica social predominante las contraviene, se genera una transferencia de ingresos en dirección Norte – Sur: la población accede libremente a bienes culturales con valor, ahorrando un dinero que luego se puede volcar a alimentación, vivienda, salud, etc. A los países del tercer mundo les conviene, en términos generales, tener leyes de derechos de autor más permisivas. Seguir leyendo →